Novedades tramitación MECA y formulario IMP-198

Desde el Ministerio de Agricultura se ha expuesto a representantes, asociaciones e importadores de Materiales en Contacto con los Alimentos (MECAs), que con el nuevo procedimiento de control de MECAs se pretende realizar un control oficial más eficaz y a su vez reducir cargas administrativas para todos los involucrados en ese control. El nuevo procedimiento establece la necesidad de presentar un nuevo documento: una declaración responsable, nueva declaración IMP- 198.
Esta declaración responsable, está basada en el  artículo 69 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entendiéndose como el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.
Por tanto, y bajo esta premisa, en las partidas presentadas a los Servicios de Control Oficial en Frontera, se comprobará la presencia de este documento. En caso de no acompañar a la mercancía, la partida será rechazada. El resto de los documentos necesarios para el control documental, podrán ser adjuntados en el momento en que el personal inspector lo requiera.
Se recuerda que el único modelo válido de la declaración responsable IMP-198 es el que se encuentra disponible en la web de comercio exterior de MAPA:
https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/import/certis-import.aspx
https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/comercio-exterior-vegetal/importaciongeneral.aspx
A la hora de cumplimentar la IMP-198, el número de referencia solicitado se establece como el número de la factura comercial que acompaña a la mercancía. Se informa que dentro de la declaración será necesario tachar aquellas declaraciones que no sean aplicables al tipo de material que se está importando.  Se recuerda que los establecimientos de destino de estas mercancías (almacenes) deberán de estar inscritos en la clave 39 del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA). Este nuevo procedimiento y la presentación de la declaración responsable que acompañen a las solicitudes de control de MECAs se encuentre actualmente en aplicación.
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